b. Para tener derecho a la separación anticipada, los soldados elegibles deben-
(1) No ser esenciales para la misión de sus organizaciones asignadas, según
determinen los comandantes correspondientes.
(2) Establecer claramente que el período escolar específico para el que solicitan la
separación anticipada es académicamente el momento más oportuno para que
comiencen o reanuden su educación, y que el retraso de la inscripción escolar
hasta la ETS normal causaría dificultades personales indebidas.
(3) Proporcionar una declaración de un funcionario de la escuela apropiado (por
ejemplo, un registrador o director de admisiones) indicando la aceptación
para la inscripción (sin calificación o en un estado de prueba) en un
curso de instrucción residente a tiempo completo. La declaración también debe
reflejar que la última fecha de inscripción aceptable para el período escolar
cae dentro del período de 90 días anterior a la ETS del soldado.
(4) Demostrar que pueden pagar, o que ya han pagado, las tasas de ingreso a la escuela.
c. Le collège ou l’université doit offrir des cours d’enseignement qui conduisent à un diplôme d’études associées, d’études de baccalaureat ou d’études supérieures et doit être approuvé par le département des affaires des vétérans. La école professionnelle ou technique doit proposer un cours d’enseignement de durée non moins de 3 mois et doit être approuvée par le département des affaires des vétérans. Consulte el AR 635-200 para obtener más información sobre este
programa