Todas las decisiones sobre la custodia de los hijos y el régimen de visitas deben tomarse teniendo en cuenta el interés superior del niño.
La preocupación número uno de un padre que se enfrenta a un divorcio es normalmente el bienestar de su hijo. Un padre puede agonizar sobre el impacto en el bienestar del niño debido al fin del matrimonio.
Solicitar la participación de un abogado puede ayudar a aliviar tales preocupaciones. El asesor legal puede explicar lo que dice la ley estatal sobre la custodia y el régimen de visitas a la luz de la situación particular de la familia y ayudar a elaborar estrategias con el padre sobre cómo proceder para aumentar las posibilidades de un resultado que maximice el bienestar del niño.
Para un padre de Texas que se está divorciando, la comprensión de las leyes estatales sobre la custodia y el régimen de visitas es una tarea importante. Los estatutos que rigen en Texas se encuentran entre los más complejos y detallados de la nación en esta área de la ley.
A menudo, los cónyuges que se divorcian pueden negociar un acuerdo que regule cómo se resolverán las cuestiones de su divorcio. En Texas, la parte de un acuerdo matrimonial que se ocupa de la custodia y las visitas se denomina plan de paternidad, que detalla cómo se asignarán los derechos y responsabilidades de los padres entre ellos, así como un calendario para compartir la posesión y el acceso al niño.
Si el juez del divorcio está de acuerdo en que los términos del plan de paternidad son en el mejor interés del niño, será aprobado. Si no es así, el juez puede pedir a las partes que presenten un plan revisado o el tribunal podría elaborar un acuerdo alternativo.
Si la custodia y el régimen de visitas son determinados por el juez, éste debe tomar cada decisión teniendo en cuenta el interés superior del niño. Los estatutos de custodia de Texas utilizan un vocabulario único:
- Conservador gestor: padre con la custodia
- Conservador posesorio: padre con derechos de visita
- Posesión o acceso: periodo de tiempo en el que el niño está bajo el control físico y el cuidado de uno de los padres
- Si las necesidades y el desarrollo del niño se beneficiarían de la designación de ambos padres
- Si los padres pueden tomar decisiones juntos en el mejor interés del niño y su capacidad para poner el bienestar del niño en primer lugar
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- Si cada uno puede facilitar una relación positiva entre el otro progenitor y el niño
- Si ambos participaron anteriormente en la crianza del niño
- Localizaciones de las dos residencias parentales
- Si el niño tiene 12 años o más, su preferencia respecto a qué progenitor debe designar la residencia principal del niño
El juez puede nombrar conservadores gestores únicos o conjuntos. Para decidir si los padres deben ser nombrados conjuntamente, el juez debe analizar si sería lo mejor para el niño teniendo en cuenta todos los factores relevantes, pero específicamente:
Si el juez nombra a los padres conjuntamente, debe designar qué progenitor tendrá derecho a designar la residencia principal del niño, así como los derechos y obligaciones de cada uno en relación con el cuidado físico del niño y la toma de decisiones importantes para el niño. Si el juez sólo nombra a uno de los progenitores como tutor único, éste decidirá la residencia principal del niño, será responsable de su cuidado y de la toma de decisiones. Normalmente, el otro progenitor sería nombrado tutor posesorio con derechos de visita.
Esto es sólo una introducción a un área muy complicada de la ley de Texas. Un abogado puede responder a las preguntas y proporcionar más información.
Con varias oficinas en todo Texas, los abogados de familia en Bailey & Galyen Attorneys at Law abogan por los clientes de divorcio en todo el Estado de la Estrella Solitaria.